Documento Soporte en Adquisiciones Efectuadas a los Sujetos no Obligados a Facturar.
La Resolución DIAN 000063 de 30 de julio de 2021, estableció que la transmisión del Documento Soporte en Adquisiciones Efectuadas a no Obligados facturar sería a partir del 31 de enero del año 2022.
De igual manera el Decreto 723 de 30 de junio de 2021 de MINHACIENDA indicó que la transmisión se realizaría una vez la DIAN establezca los requisitos, condiciones técnicas y tecnológicas para su generación, lo cual a la fecha de hoy 28/12/2021 no ha sucedido.
Estamos a la espera que la DIAN expida nueva normatividad al respecto y modifique nuevamente el plazo. Se debe tener presente que este tipo de resoluciones que involucran la adopción de un anexo técnico por parte de los interesados como Proveedores Tecnológicos y obligados a realizar la transmisión del documento soporte requiere de (3) meses para su implementación.
Mientras la DIAN expide el nuevo anexo técnico para efectuar la transmisión de este documento soporte, por ahora se deberá seguir generando en físico y haciendo uso de un consecutivo, el cual se solicita a través del MUISCA. Una vez tengamos novedades sobre este tema se lo haremos saber.
Referencia Normativa:
El Decreto 723 del 30 de junio de 2021, lo puedes consultar en el siguiente enlace: https://dapre.presidencia.gov.co/normativa/normativa/DECRETO%20723%20DEL%2030%20DE%2 0JUNIO%20DE%202021.pdf
En el siguiente enlace podrás consultar la Resolución 000063 de 30 de julio de 2021: https://www.dian.gov.co/normatividad/Normatividad/Resoluci%C3%B3n%20000063%20de%2030 -07-2021.pdf
